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Convenio entre el Gobierno brasileño y la Santa Sede fue aprobado por la Camara de los diputados y enviado al Senado Federal
Brasil está por aprobar un convenio con el Santa Sede que establece un Tratado Jurídico entre la Iglesia Católica y el país. En último dia 26 de agosto fue aprobaba por la Cámara de los Diputados brasileña como Proyecto de Decreto Legislativo – el PDC 1736/2009- y enviada al Senado Federal. El documento ha sido firmado por el presidente de la República Luís Inácio Lula da Silva, en noviembre de 2008.
Entidades de la sociedad civil se han manifestado contrarias a la firma del tratado: la Asociación de los Magistrados Brasileños (AMB), representantes de iglesias evangélicas, de entidades que defienden la enseñanza laica, de ateos, del movimiento de mujeres, del movimiento negro, entre otras. A su vez, entre los parlamentarios, tanto los favorables como los contrarios al concordato están esparcidos por diversos partidos – ninguno asume un posicionamiento oficial en lo que se refiere a ese tema.
Otros países (España, Alemania, Italia y Portugal), que firmaron convenios semejantes en contextos históricos dictatoriales, no son necesariamente ejemplos de conducta para el Estado brasileño y Francia se mantiene todavía como una referencia de laicidad. En este aspecto, el argumento de que “el Estado es Laico, pero la nación es religiosa”, reivindicado por defensores del convenio, no se sostiene porque el principio de la laicidad supone la separación entre el Estado y la Iglesia, es decir, entre temas públicos y privados, lo que asegura, además, que creyentes de religiones minoritarias o no creyentes no sufran la imposición de una religión mayoritaria por medio del Estado, así como permite la libre manifestación de todas las religiones, sin privilegios.
Los principales puntos problemáticos del Concordato son las normas que pretende establecer en lo que se refiere a la educación pública y al trabajo. Educación: Establece la enseñanza confesional, con énfasis en la religión católica, cuando la definición de estos contenidos está a cargo de los sistemas de enseñanza, según el artículo 33 de la Ley de Directrices y Bases de la Educación brasileña. Trabajo: Impide legalmente que integrantes o ex integrantes de la iglesia (sacerdotes, monjas u otras categorías de religiosos) recurran ante la justicia laboral para reivindicar sus derechos sobre servicios prestados a la Iglesia, lo que los aparta del acceso a los derechos de la legislación laboral brasileña.
El convenio incluye, además, temas como el matrimonio; inmunidad tributaria para las entidades eclesiásticas; prestación de asistencia espiritual en presidios y hospitales; y plantea temas como el pluralismo, tolerancia, límites entre lo público y lo privado, la democracia y la carrera de las iglesias por conquistar cada vez más fieles en una intensa disputa por estrategia y control mediáticos. La Iglesia Católica estaría, a fin de cuentas, tratando de ampliar el uso de los recursos del Estado para fines de evangelización. |